
Modera: Ana María Mizrahi
Luego del plebiscito de octubre de 2009, un grupo de militantes sociales de diversos orígenes nos organizamos para hacer “algo”.
Desde el principio entendimos que cada paso contra la impunidad era importante y que debíamos buscar el apoyo popular para promover cualquier iniciativa.
Decidimos denominarnos “Iguales y Punto” y trabajar solidariamente con otras organizaciones sociales que enfrentan la impunidad y bregan por la consagración plena y efectiva de los Derechos Humanos. Intentamos entonces, generar un espacio que acumulara en dirección de una sociedad verdaderamente democrática y justa.
En tanto sujetos históricos y como parte del pueblo uruguayo, coincidimos en que la última dictadura nos golpeó de diferentes formas y no sólo a las generaciones que vivieron el período militar. Cargan con el peso de la impunidad también los jóvenes nacidos en democracia. Porque además de violar derechos inalienables como la vida y la libertad, el pueblo uruguayo vivió el proceso de beneficio de unos pocos en desmedro de las mayorías. Sostenemos que también es producto de la impunidad la realidad social en la que vivimos y que impide el verdadero ejercicio y disfrute de esos derechos a gran parte de la población.
Entendemos que los derechos no sólo deben estar consagrados en los papeles sino que debemos, todas y todos, velar por su aplicación práctica.
Mientras no haya verdad y justicia, mientras exista violencia de género, mientras haya uruguayos en condición de vulnerabilidad social, mientras haya una prédica de criminalización de la pobreza, mientras las palabras “discriminación” y “exclusión” sigan vigentes, los Derechos Humanos seguirán siendo una abstracción para la mayoría de los uruguayos.
Estamos en 2011 y entendemos imprescindible la erradicación de cualquier obstáculo jurídico que impida a la justicia cumplir con su función. Confiamos que si existe voluntad política, habrá solución parlamentaria.
Por todo esto, convocamos a quienes el 25 de octubre del 2009 votaron la papeleta rosada, a quienes marchan todos los 20 de mayo, a los jóvenes que al llamado del “último 20 con impunidad” llenaron la Avenida 18 de julio, a quienes a casi 2 años del plebiscito continúan usando el pin rosado. A quienes saben y sienten que los derechos humanos no pueden ser limitados u omitidos por excusas leguléyicas.
Sin exclusiones, también a quienes antes no encontraron la oportunidad y ahora sienten la necesidad de hacerlo, los y las convocamos a sumarse, a trascender cualquier diferencia, a no resignarnos, a como dijo María Ester Gatti: “No perder jamás la esperanza ni la decisión de luchar.”
Iguales y Punto


2º ENCUENTRO LATINOAMERICANO POR LA MEMORIA, LA VERDAD Y LA JUSTICIA
TEMA: LA TORTURA
Montevideo – 24, 25 y 26 de junio de 2011
Un colectivo de organizaciones no gubernamentales integrado por Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos, el Servicio de Paz y Justicia de Uruguay (Serpaj), la Fundación Mario Benedetti, la Fundación Zelmar Michelini, la Casa Bertolt Brecht, la Asociación de ex presos políticos del Uruguay (Crysol), HIJOS y la Comisión de Derechos Humanos del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Sociales, decidió organizar el 2º Encuentro Latinoamericano por la Memoria, la Verdad y la Justicia, que se realizará los días 24, 25 y 26 de junio de 2011 en la Facultad de Ciencias Sociales de Montevideo.
La reunión, es continuación del 1º Encuentro Latinoamericano celebrado en Buenos Aires los días 22, 23 y 24 de marzo últimos, donde se trató el tema “Operación Cóndor”, se aprobó una declaración conocida como el “Compromiso de Buenos Aires” y se impulsó la realización de nuevas reuniones en forma coincidente con las fechas de los golpes de Estado sufridos por nuestros países. El 27 de junio se cumplen 38 años de la instalación de la dictadura en Uruguay. Desde ya se alienta a la organización de un 3º Encuentro por parte de Chile para el próximo 11 de setiembre.
Este 2º Encuentro Latinoamericano por la Memoria, la Verdad y la Justicia, tendrá como eje temático el problema de la tortura, en coincidencia con el Día Internacional contra la Tortura que se conmemora el 26 de junio y ante la problemática que implica la denuncia de este crimen de lesa humanidad, no tipificado como tal en la mayoría de los países de la región, cuyo debate constituye hoy una necesidad de nuestra sociedad ante su aplicación sistemática en el pasado y aún en el presente.
Han confirmado su participación en el encuentro los activistas en derechos humanos: Remo Carlotto (Argentina), Hugo Gutiérrez (Chile), Martín Almada (Paraguay), María Sonderéguer (Argentina), Lorena Pizarro (Chile), Sara Waitman (Argentina), Jair Krischke (Brasil), Stella Calloni (Argentina), René Leal Hurtado (Chile), Liliana Tojo (Argentina) y Rodolfo Asseretto (Paraguay), entre otros. Por Uruguay, participarán Daniel Gil, Clara Aldrighi, Alvaro Rico, Miguel Scapusio, Alejandro Artucio, Pablo Chargonia y Miguel Soler.
María Ester Gatti
Nació el 13 de enero de 1918, en Montevideo, en la calle Guaná 2012.
Cursó sus estudios primarios en la Escuela Pública en el barrio Cordón, donde vivía. Cuando terminó sus años escolares, ingresó en la Universidad de las mujeres y luego al Instituto Magisterial para recibirse de maestra con 17 años, en 1935.
No pudo comenzar a trabajar en la escuela pública, hasta 5 años después, al negarse a firmar una adhesión al régimen del dictador Gabriel Terra.
En 1948 se casó con Ramón Agustín Islas González de cuyo matrimonio nació el 18 de abril de 1953, su única hija Maria Emilia.
Vivió gran parte de su vida en el barrio de Colón.
Su hija Maria Emilia también inicio sus estudios de magisterio y se caso con Jorge Zaffaroni Castilla en 1973.
Perseguidos por la dictadura por su militancia política en la ROE (Resistencia Obrera Estudiantil), el matrimonio Zaffaroni- Islas debe refugiarse en la Argentina, en donde participan de la fundación del PVP.
El 22 de marzo de 1975, nace en Argentina su nieta Mariana,
El 27 de setiembre de 1976, María Emilia, su esposo Jorge Zaffaroni y su nieta Mariana, fueron secuestrados en Argentina por fuerzas militares uruguayas y argentinas.
A partir de ese momento, María Ester, convirtió su dolor en lucha iniciando una batalla, enfrentada al poder dictatorial primero y a la insensibilidad y la complicidad de los gobiernos democráticos que siguieron a la dictadura.
Junto a Luz Ibarburu de Recagno, Violeta Malugani, Maria Elena Antuña de Gatti, Irma Hernandez y Milka Prieto, inician las primeras denuncias colectivas, (entre ellas a la OEA) de los desaparecidos uruguayos en la Argentina, que darán lugar, posteriormente, a la conformación del grupo de Familiares de uruguayos Detenidos Desaparecidos en Argentina.
En 1979 cuando son ubicados los hermanitos Julien, en Valparaíso, Chile, viaja a ese país, ante la posibilidad de que su nieta haya sido llevada con ellos.
Fue una activa propulsora de las denuncias, ante los organismos internacionales y los distintos estrados judiciales nacionales y extranjeros.
Entre las múltiples gestiones y entrevistas que realiza logra interpelar al mayor Gavazzo en dictadura para reclamarle por su nieta, en el mismo domicilio de este.
Encara la búsqueda en Argentina junto con Abuelas de Plaza de Mayo, donde se recogía la información de los presuntos hijos de desaparecidos.
El 24 de julio de 1980, fallece su esposo de un ataque cardiaco..
En 1983 obtiene la primer información respeto a su nieta, al publicarse en Brasil una entrevista a un represor argentino que dice que otro represor se habría apropiado de la niña.
Viaja a Brasil con la madre de Jorge Zaffaroni, donde realiza contactos con organizaciones de derechos humanos y políticos interesados en el tema.
Posteriormente se recibe información de quien es el represor que se habría apropiado de su nieta, Miguel Angel Furcci, miembro de la SIDE argentina, dando origen a la presentación de la denuncia ante la justicia argentina.
Luego de un largo e irregular tránsito por los juzgados argentinos de la denuncia y el pedido a la justicia de medidas cautelares, se da la fuga de los apropiadores con Mariana, al Paraguay.
Posteriormente viaja a Paraguay junto con Milton Romani, siguiendo datos para ubicar a Mariana.
En 1985, presenta junto a un grupo de familiares de desaparecidos, una denuncia penal ante la justicia uruguaya, la que no prospera en virtud de la aprobación por el Parlamento el 22 de diciembre de 1986, de la Ley de caducidad.
Junto a Elisa Dellepiane de Michelini, Matilde Rodríguez de Gutiérrez Ruiz, a partir del 5 de enero de 1987, preside la Comisión Nacional pro-referéndum, movimiento que busco mediante el referéndum, anular la ley de caducidad.
En ese marco que culmino con la realización del referéndum el 16 de abril de 1989, fue una incansable participante de actividades en todo el país y a nivel internacional. Realizo dos giras europeas, una acompañada de Luz Recagno y otra por Sara Méndez.
En 1992 es ubicada nuevamente Mariana, y le es restituida su identidad y son procesados los apropiadores.
El 19 de abril de 2007, integra la Comisión presidida por Mario Benedetti, del Museo de la Memoria.
El 27 de marzo de 2008, fue designada por la Junta Departamental de Montevideo, ciudadana ilustre.
Fue una impulsora del voto rosado, con el fin de lograr la anulación de la ley de caducidad en octubre del 2009. Durante una de sus últimas apariciones públicas, María Ester expresaba: "No hay que perder jamás la esperanza y tampoco la decisión de luchar".
Mantiene hasta los últimos días de su vida una infatigable búsqueda de su hija Maria Emilia y todos los desaparecidos. Fallece el domingo 5 de diciembre de 2010, a los 92 años de edad acompañada de su nieta Mariana en la Residencia San José de la calle Millán donde vivió los últimos años formando parte del proyecto solidario “Ibiray”. Al igual que muchos familiares, muere sin saber la suerte de su hija.
05/12/2010.

Convocamos: PRODERECHOS, FEUU, Madres y Familiares de Uruguayos Detenidos- Desaparecidos
Olga Fernández, Damián Payotti, Soledad Gonzalez, Federico Graña, Fernanda Cabrera, Sara Mendez, Macarena Gelman, Mariana Felartigas, Marco Algorta, Luca Veloz, Melissa Ardanche, Hersilia Fonseca, César Montaño, Charna Furman, Maxi Olaverry, Rodrigo Lillo, Fernando Fernández, Paula Gallicchio, Andrea Apolaro, Emiliano Rodriguez, Melina Romero, Venancio Rivero Anzolabehere, Luis Pereira, Betty Chiz, Andrés Fagúndez Quiros, Karina Gómez, Washington Viñoles, Anabel Rieiro, Ana Parnas, Elisa Demego, Nany Salazar, Nairí Aharonián, Nicolás Duffau, Gustavo Guerrero, Gaston Duffour, Natalia Gras, Virginia Villalba, Julián Oreggioni, Victoria Libschitz, José Luis Sancho, Adelina Cambre, Petra Prokasky, Oscar Cambre, Rafael Cambre, Henry Trujillo, Fernando Bernini, Gabriel Bonfrisco, Magdalena Broquetas, Loreley Conde, Sebastián Santana, Viviana Gianotti, Luis E. González, Paola Rodríguez, Luciana Bruno, Romina Ferraro, José W. Legaspi, Camilo Fernándes, Eric Alvez
, Micaela Castro, Andrea López, Paula Pellegrino, Gabriel Mazzarovich, Patricia Echenique, Javier Lescano, Daniel Viglietti, Ruben Olivera, Florencia Caggiani, Javier Zeballos, Tatiana Antúnez, Marys Yic, Oscar Otero, Carmen Ferrera, Denisse Legrand, Daniel Friedmann, Mario Calandra y Castellá, Antero Brito, Tano Gesta, Isabel Soto, Jaime Bech, Victoria Cribari,Gerardo Lasalt, M.Alejandra Lemes, Lilly Morgan, María Cecilia Manzione, Eloísa Vázquez, Nicolás Zúñiga, Silvia Flores, Mariela Lopetegui y María Luisa de Francesco.
Si querés adherir... envianos un mail a igualesypunto@adinet.com.uy
El Juez Letrado en lo Penal de 10º Turno, Dr. Rolando Vomero, dictó el procesamiento con prisión del General Miguel Ángel Dalamo y del General (r) José Chialanza, como coautores de un delito de homicidio especialmente agravado, informaron a Montevideo Portal fuentes judiciales.
Esta resolución se tomó después que Dalmao declararara este lunes por el caso de la militante comunista, Nibia Sabalsagaray, muerta en junio de 1974.
Antes de que se conociera la resolución, el abogado de Dalmao, Dr. Miguel Langón, había señalado a Montevideo Portal que el caso de Nibia Sabalsagaray "se trata de un suicidio. Una muchacha que fue detenida y lamentablemente se auto eliminó Hace casi 37 años".
Antecedentes
El general Dalmao es indagado por la muerte de Sabalsagaray, ocurrida en junio de 1974. Sabalsagaray, profesora de Literatura en Nueva Helvecia, fue detenida en su domicilio el 29 de junio y llevada al Batallón de Transmisiones Nº1.
Al mediodía se informa su muerte calificándola de suicidio. Marcos Carámbula, intendente de Canelones y por entonces un joven médico, certificó las heridas y estableció que la causa de su muerte fue la tortura.
Dalmao era alférez cuando Nibia Sabalsagaray murió en el calabozo Nº3 del Batallón Nº1 de Comunicaciones. La joven de 23 años estuvo apenas unas horas con vida en ese lugar de reclusión y la hipótesis del suicidio es rechazada por la defensa de la familia de la joven considerando la forma en que se encontró el cuerpo, que según la propia descripción que firmó Dalmao fue encontrada de rodillas sobre el piso.
Esa noche, Dalmao era suplente de Mario Segnini como integrante de Dirección de Inteligencia en ese cuartel.
En 2004, Estela Sabalsagaray, hermana de Nibia, presentó una denuncia legal, pidiendo la investigación de aquella muerte. Al año siguiente su caso fue colocado fuera de la Ley de Caducidad por el presidente Tabaré Vázquez, argumentando que en su detención habrían participado civiles.
Montevideo Portal
Sentencia No. 1525
Montevideo, veintinueve de octubre del dos mil diez
VISTOS:
Para sentencia estos autos caratulados: ORGANIZACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS – DENUNCIA – EXCEPCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD – ARTS. 1º, 3º, 4º DE LA LEY Nº 15.848 – FICHA IUE: 2-21986/2006
RESULTANDO:
1.- Que a fs. 692 y ss. la Sra. Fiscal Letrado Nacional de lo Penal de 5º Turno, promovió la declaración de inconstitucionalidad por vía de excepción, con respecto a los arts. 1º, 3º y 4º de la Ley No. 15.848.
2.- A fs. 765 y ss. comparecieron las Sras. Carmen Arteche, Marys Yic, Rosario Olveira y la Dra. Pilar Elhordoy, en su calidad de denunciantes de los homicidios de sus familiares, manifestando su adhesión a la excepción de inconstitucionalidad promovida por la Fiscal actuante en estos autos. Y por Resolución No. 759/2010, la Corte declaró inadmisible la adhesión a la excepción de inconstitucionalidad promovida, por las razones explicitadas a fs. 786 y ss.
3.- A fs. 795/818, el Sr. Fiscal de Corte, evacuando la vista que le fuera conferida expresó que si bien reitera su posición relativa a que la Sra. Fiscal promotora de la inconstitucionalidad carece de legitimación activa para formular tal planteo; en el plano sustancial, por las consideraciones desarrolladas en el dictamen, estima que procede declarar la inconstitucionalidad de los arts. 1º, 3º y 4º de la Ley No. 15.848, en el caso de autos.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo dispuesto por el art. 519 del Código General del Proceso, la Suprema Corte de Justicia se encuentra legalmente facultada para resolver las cuestiones de inconstitucionalidad que le fueren elevadas, en cualquier estado de los procedimientos y con prescindencia de la situación en que se encontrare el trámite respectivo, siempre que exista jurisprudencia sobre el caso planteado y a juicio de la Corte corresponda mantener su anterior criterio.
Por Sentencia No. 365/2009, la Corte hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad formulado contra las disposiciones normativas impugnadas en autos, en términos que por su exacta adecuación al caso se tendrán por reproducidos y como parte integrante de esta decisión.
Por lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 508 y ss. del Código General del Proceso, y arts. 256 y ss. de la Constitución Nacional, la Suprema Corte de Justicia, por mayoría legal y por resolución anticipada
FALLA:
DECLÁRANSE INCONSTITUCIONALES E INAPLICABLES EN EL CASO CONCRETO LOS ARTS. 1º, 3º Y 4º DE LA LEY Nº 15.848, SIN ESPECIAL CONDENACIÓN PROCESAL.
COMUNÍQUESE A LA ASAMBLEA GENERAL Y OPORTUNAMENTE DEVUÉLVANSE LOS AUTOS.
DR. JORGE OMAR CHEDIAK GONZALEZ
PRESIDENTE DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA
DR. LESLIE VAN ROMPAEY
MINISTRO DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA
DR. JORGE RUIBAL PINO
MINISTRO DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA
DR. JORGE T. LARRIEUX RODRIGUEZ
MINISTRO DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA
DR. DANIEL GUTIÉRREZ PROTO
MINISTRO DE LA SUPREMA
CORTE DE JUSTICIA
de Montevideo.com
http://www.montevideo.com.uy/notnoticias_123522_1.html
En manos de la Justicia
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró por unanimidad la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad para los veinte casos que están en manos de la fiscal Ana María Telechea y la jueza Mariana Motta, informó esta mañana CX 30.
En declaraciones a La 30, fuentes de la SCJ informaron que "por cinco votos a cero se decidió declarar inconstitucional la Ley de Caducidad para estos casos".
El expediente, caratulado "Organizaciones de Derechos Humanos denuncian" incluye las muertes de Óscar Fernández Mendietta, Gerardo Alter, Walter Hugo Arteche, Gilberto Goghlan, Aldo Perrini, Iván Morales, Óscar Olveira, Amelia Lavagna, Carlos Curuchaga, Pedro Lerena, Carlos Argenta, Julián López, Nicanor Aldabalde, Eduardo Mondello, Ivo Fernández, Silvina Saldaña y Humberto Pascaretta, informó la radio.
El ministro de la Suprema Corte de Justicia Leslie Van Rompay dijo a Montevideo Portal que las partes aún no fueron notificadas y hasta tanto prefirió no confirmar ni dar más detalles sobre este asunto. Asimismo señaló que la notificación podría ser enviada este mismo lunes.
Por su parte, el vocero del organismo, Raúl Oxandabarat, explicó que la declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad posibilita investigar sin las trabas que establece la propia norma. De este modo, se podrían juzgar estos casos sin protección alguna para quienes participaron en los hechos.


Artículo1º.- Interprétese de conformidad con el artículo 85 numeral 20 de la Constitución de la República que el derecho de todo ser humano a la vida, a su integridad personal, a no ser desaparecido, ni torturado, así como los derechos y obligaciones que regulan el acceso a la justicia, investigación, persecución, juzgamiento, cooperación y castigo de las violaciones de los mismos y de los crímenes de lesa humanidad, establecidos en las normas de Derecho Internacional ratificadas por la República y por las normas de ius cogens, están incorporadas a nuestra Constitución por la vía del artículo. 72 de ésta y se deberán aplicar directamente por los tribunales de la República.
Artículo 2º.- Declarase como interpretación obligatoria (Código Civil, artículo 12) que los artículos 1º, 3º y 4º de la Ley 15.848 de 22 de diciembre de 1986 presentan una ilegitimidad manifiesta, violan los artículos 4, 72, 83, y 233 de la Constitución de la República y carecen de valor jurídico alguno.
Artículo 3º.- En virtud de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º de esta Ley:
a) El archivo de las actuaciones decretadas por el Juez competente por aplicación del artículo 3º de la Ley 15.848, no extingue la acción penal ni constituye cosa juzgada.
b) Toda intervención judicial que haya sido interrumpida, suspendida o archivada por aplicación de la ley 15.848, o por actos administrativos que se hubieran dictado en su aplicación, con el fin de obstaculizar, impedir o archivar, o mantener suspendidas y/o archivadas, indagatorias o acciones penales, continuará de oficio, o por solicitud del interesado o del Ministerio Público.
b) Sin perjuicio de aquellos delitos imprescriptibles, respecto de aquellos delitos que fueren prescriptibles, y hayan sido o pudieren haber sido comprendidos en la caducidad dispuesta por el artículo 1º de la Ley 15.848, no podrá computarse a lso efectos de la prescripción, el período transcurrido entre el 22 de diciembre de 1986 y la fecha de entrada en vigor de esta Ley.
Artículo 4º. – Lo dispuesto en esta ley se aplicará a las nuevas denuncias que se presenten.
Montevideo, 23 de setiembre de 2010
COMUNICADO PÚBLICO
La Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay ante la inminente aprobación de la Ley Interpretativa de la Constitución en torno a la Ley de Caducidad expresa:
Que esta norma tiene efectos prácticos similares a la anulación de la Ley de Caducidad, de esta forma los casos que fueron archivados podrán ser reabiertos y la Justicia podrá actuar de oficio como si la Ley de Caducidad nunca hubiese sido aplicada.
Por lo que este texto de ley interpretativa se corresponde con los reclamos de la Federación y de todo el movimiento popular. Dicha norma debe ser respaldada, así como cualquier otra que tienda al respeto de los Derechos Humanos y la persecución por parte del Estado de los crímenes de lesa humanidad.
El proyecto es un paso hacia adelante por Verdad, Memoria y Justicia. Y representa un mojón en una lucha de largo plazo. De ser aprobado, el movimiento popular se encuentra ante la perspectiva de que, si bien el Estado es responsable de la investigación, persecución y juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad, éste no cuenta hoy en día con la infraestructura necesaria para cumplirlo. De esta forma la Federación, así como la Universidad toda, debe comprometerse y aunar esfuerzos en la promoción y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones que tiene el Estado en esta materia.
Debemos promover el debate en torno a estas cuestiones en todos los ámbitos de la Universidad, así como volcar recursos humanos a la efectiva implementación de la Ley Interpretativa continuando la lucha por Verdad, Memoria y Justicia.
ASCEEP-FEUU
"Nosotros, los nosotros que contamos esta historia
Posiblemente ni siquiera existamos
Nosotros, como la comunidad que decimos que somos
Nosotros no existimos
Nosotros, nosotros sólo compilamos esta historia
Parte por parte
Porque creemos que juntos sabemos más
Que cada quien en solitario
Nosotros, nosotros nos juntamos
Nos hemos ido poniendo de acuerdo con gran dificultad
Por un tiempo
Sólo para eso
Con esa única finalidad
Pero acaso nos conocemos
Acaso después vamos a conocernos mejor
Podemos ponernos de acuerdo
Eso resulta
A veces
Nosotros barremos las trizas
Y las ensamblamos
Una cosa cualquiera, quebrada
En la que por aquí y por allá se puede reconocer algo
Podemos entendernos
Entender
Jamás se trató de eso"